Consejo de Defensa del Estado:
Malas noticias para las personas que no han pagado multas luego que se les cursaran sumarios sanitarios por infringir el famoso artículo 318 del Código Penal. Ello porque según la información entregada por las autoridades, en este caso la encargada de la oficina Aconcagua de la Seremi de Salud que dirige la químico farmacéutica Claudia Abarca Cataldo, envió todos los antecedentes al Consejo de Defensa del Estado para que se haga parte del proceso que se lleva contra los infractores. En caso de esta zona la gran mayoría no las ha pagado.
La información la entregó el gobernador provincial de San Felipe, Claudio Rodríguez Cataldo: «Hoy día la Seremi de Salud Aconcagua, Claudia Abarca, nos ha informado de que para ser efectivas las multas que se están cursando, ya sea por los sumarios sanitarios, es que el Consejo de Defensa del Estado se hará parte en todos aquellos casos donde las personas no estén cumpliendo con esa sanción van a ser perseguidos judicialmente, perseguidos por el CDE para poder obtener el pago y la ejecución efectiva de la sanción que se haya impuesto», indicó la autoridad.
Al respecto la jefa de la Autoridad Sanitaria, Claudia Abarca Cataldo, respaldó lo informado por el Gobernador Provincial, señalando que «efectivamente hemos entregado los antecedentes para que el CDE haga el perseguimiento final. Antes teníamos un límite en relación a la multa, en cuanto era el monto de la multa, algunos se pasaban al CDE y otras; no en este caso todo pasa, todo lo que no se cancele pasa al CDE para que se le haga el seguimiento», indicó Abarca.
Consultada Claudia Abarca Cataldo sobre la cantidad de infractores existentes en la zona que no hayan cancelado la multa, señaló que «la gran mayoría no ha cancelado todavía, es muy bajo porque yo creo también que la ciudadanía se relaja, piensa que esto no tiene otro término, pero bueno, pasado cierto tiempo se traspasan todas, como les decía, a que sigan otro curso fuera de la Seremi», manifestó.
ARTÍCULO Nº318
«El que pusiere en peligro la salud pública por infracción de las reglas higiénicas o de salubridad, debidamente publicadas por la autoridad, en tiempo de catástrofe, epidemia o contagio, será penado con presidio menor en su grado mínimo a medio o multa de seis a 200 Unidades Tributarias Mensuales.
Será circunstancia agravante de este delito cometerlo mediante la convocatoria a espectáculos, celebraciones o festividades prohibidas por la autoridad sanitaria en tiempo de catástrofe, pandemia o contagio.
En los casos en que el Ministerio Público solicite únicamente la pena de multa de seis unidades tributarias mensuales, se procederá en cualquier momento conforme a las reglas generales del procedimiento monitorio, siendo aplicable lo previsto en el artículo 398 del Código Procesal Penal. Tratándose de multas superiores se procederá de acuerdo con las normas que regulen el procedimiento simplificado». Valor de la UTM: $ 51.592.
¿QUÉ ES EL CDE?
El Consejo de Defensa del Estado de Chile es el órgano colegiado interno que, en uso de sus atribuciones legales, resuelve accionar judicialmente o asumir la defensa de los entes públicos, dentro del ámbito legal que le compete a la institución. Es un servicio público descentralizado, dotado de personalidad jurídica, sujeto exclusivamente a la supervigilancia del Presidente de la República.
Fuente: Eltrabajo.cl