En medio de la polémica que la situación había desatado y los diversos cuestionamientos surgidos en la opinión pública por su accionar, Juez de Policía Local de Putaendo, Guido Witto, reconoce desconocimiento de normativa especial emitida por el SERVEL y asumiendo error revierte su fallo en caso de vecina de Putaendo, Karina Aguilar, que no fue vocal de mesa en Elecciones Primarias por encontrarse embarazada.

Normativa especial dictada transitoriamente por la pandemia que enfrenta el país, que es un acuerdo del consejo de directores del SERVEL, publicado en el Diario Oficial del 5 de noviembre del 2020, donde se modifica la Ley de Elecciones respecto a las mujeres embarazadas, donde ya no se exige determinado período de gestación sino que la esencial del embarazo, fue determinante para que  el Juez de Policía Local de Putaendo, asumiera su error y decidiera cambiar su resolución en el caso.

La normativa en mención faculta que las excusas se pueden presentar ante el Juez de Policía Local o bien ante el mismo SERVEL .

Guido Witto, asumió que esta normativa especial, en la cual no había reparado, cambia todo en el controvertido caso de Karina Aguilar, vecina de Putaendo sentenciada por el Juez de Policía Local de Putaendo por desistir de cumplir con la nominación de vocal de mesa en las Elecciones Primarias de noviembre del año pasado.

En un escueto comentario sobre el caso, Witto, dijo; “bueno hay que reconocer los errores, llame a esta mujer y le pedí disculpas humildemente y también pido disculpas públicas. Asimismo, de oficio voy a dejar sin efecto la multa y la orden de arresto.”

Como se había informado el Juez de Policía Local de Putaendo, Guido Witto, había condenado a pagar una multa y por rebeldía a reclusión nocturna a Karina Aguilar, por no pago de la mencionada multa, luego que la mujer debido a su embarazo desistió de cumplir con el nombramiento de vocal de mesa en elecciones primarias de noviembre.

El juez en medio de la polémica que el tema desató explicó que la Junta Electoral de San Felipe envía una nomina de todas las personas que no cumplieron con la funciones de vocales y de acuerdo a la Ley 18.700 debe iniciarse un proceso en su contra para eventualmente aplicar multas que fluctúan entre 2 y 8 UTM; “en el caso cuestionado la denuncia se hizo el 19 de enero y se dicto la resolución para notificar a la señora Karina Aguilar para que concurra el 22 de febrero para exponer sus descargos, fue notificada personalmente por personal del tribunal el 3 de febrero del 2021. Llega el día de la citación y se hace el llamado a todas las personas para que ingresen con el fin que hagan sus descargos y de acuerdo a los descargos o pruebas que se rindan yo absuelvo, condeno o aplico rebaja. Después de eso, las personas que no se presentan y actúan en rebeldía me pasan los expedientes y empiezo a dictar sentencia condenando en rebeldía y el caso que ocurrió con esta vecina que no compareció, después de revisar el expediente y la condene en rebeldía aplicando una multa de 2 UTM, que es lo mínimo que establece la Ley, disponiendo que se notificara.”

Witto, reconoció que el mismo día que salió la sentencia la vecina concurrió al tribunal siendo atendida por él; “porque estaba muy molesta, porque doy audiencia a todo el mundo, y le explico lo sucedido. Ella sostuvo que no había sido notificada, que el día antes se percató que su hija menor había recibido la citación, que me había mandado un email y que el día de la citación había tenido que ir a San Felipe. De todas maneras le explique que un correo no excusa de concurrir a una audiencia de un procedimiento judicial y se debe concurrir en el horario que se indica. Bueno, ahí le explique que tenía cinco días para presentar sus descargos por escrito o si lo prefería verbalmente. Ella estuvo siempre molesta e indignada, siendo el haber sido condenada le produjo toda su afectación, ella estimaba que todo había sido muy injusto y me dijo que había enviado un email al Servel señalando que estaba embarazada y que el Servel le había respondido que quedaba liberada de su obligación, lo que claramente es una mentira, porque Servel no tiene esas facultades. Le pedí ese email, lo busco en su celular y no lo encontró, sugiriendo que no se preocupara y que lo imprimiera en su casa y lo trajera con los demás documentos. Al día siguiente esta persona volvió al tribunal asegurando que la había citado, cosa que no era efectiva, pero igual atendí y volví a explicar la situación, pero ella evidentemente molesta me interrumpió diciéndome que había mandado todos los documentos por correo, lo que era efectiva, ante lo cual le dije que los descargaría para estudiarlos y pronunciarme sobre la reconsideración. De ahí inmediatamente se fue a la radio local a denunciarme de maltrato, siendo eso la primera injuria y mentira de todo eso, porque jamás la maltrate, solo le hice ver cuál era el procedimiento.”

“Lo que dice la ley sobre los embarazos es que se pueden excusar de la función de vocal de mesa, pero cumpliendo dos requisitos. Uno tener determinados meses de gestación a la fecha de la elecciones, me parece que son seis, y por otro lado dice que debe excusarse ante el Servel tres días después de ser notificada.”